Directivas para el transporte - DIRECTIVAS PARA EL TRANSPORTE DE ESPECÍMENES VEGETALES VIVOS

   
 
   
1. Generalidades
   
1.1 Los envíos de material vegetal vivo deberán satisfacer las reglamentaciones fitosanitarias en vigor a nivel nacional e internacional. Estas reglamentaciones ofrecen muy a menudo la forma en la que puede ser transportado el material vegetal de un país a otro; las mismas no cubren solamente la forma en que los especímenes vegetales pueden ser transportados sino también los materiales y métodos que se pueden usar para el embalaje.
   
1.2 Los especímenes vegetales deberían gozar de un rango elevado de prioridad Con respecto a los artículos no vivos y esto durante todas las etapas del transporte y del manipuleo.
   
1.3 En general, solamente se deberían transportar especímenes vegetales sanos y exentos de parásitos. Algunas plantas pueden exigir un preacondicionamiento con el objeto de satisfacer las condiciones que se encontrarán durante el tránsito o en el punto de destino.
   
1.4 Para obtener un éxito máximo en lo que respecta a la reproducción y el cultivo, el material vegetal vivo debería ser transportado lo más rápidamente posible, o sea generalmente por vía aérea y utilizando el compartimiento presurizado del avión. Salvo para las semillas, no se debería utilizar la vía terrestre o marítima para transportar especímenes vegetales sobre grandes distancias.
   
1.5 Las autoridades encargadas de la cuarentena no deberían imponer tratamientos de fumigación susceptibles de causar daños a los especímenes vegetales, particularmente a los especímenes de taxa incluidos en el Apéndice I de la Convención.
   
2. Planificación del traslado
   
2.1 El remitente debería ser responsable de asegurar con tiempo que se tornen las disposiciones necesarias sobre el cuidado de los especímenes vegetales hasta que el destinatario los torne a su cargo.
   
2.2 Se deberían tomar todas las precauciones posibles para el buen acondicionamiento de los contenedores durante el transporte, limitando los riesgos de humedad y resecamiento; los contenedores no deben ser expuestos al sol, ni a temperaturas extremas. Habría que vigilar la buena ventilación de las plantas durante su transporte.
   
2.3 Se debería notificar con anticipación al destinatario, la ruta de transporte y la fecha aproximada de llegada del envío.
   
3. Contenedor
   
3.1 Deberían consultarse las prescripciones del país de destino sobre la cuarentena para las plantas antes de que sean embaladas y despachadas. No debería utilizarse ningún material o método de embalaje contrario a estas prescripciones o que podría complicar la inspección o formalidades en el punto de destino. Se debería tornar en cuenta que la tierra y algunos otros materiales utilizados corno medio de cultivo o para el embalaje están prohibidos para la importación en numerosos países, ya que representan una fuente potencial de enfermedades y parásitos.
   
3.2 El contenedor debería poseer la solidez suficiente como para soportar los riesgos de manipuleo y transporte.
   
3.3 Los especímenes vegetales deberían embalarse en un material de relleno de manera de limitar los riesgos de resecamiento, movimiento y daños durante el transporte, y que permita una ventilación adecuada.
   
3.4 En forma general, los especímenes vegetales, no deberían viajar en cajas herméticas, sin embargo, el material de propagación (semillas recién germinadas o tejidos de cultivo) puede viajar en una solución de cultivo contenida en tubos de vidrio u otros envases sellados.
   
4. Etiquetaje y documentación
   
  Debería haber las siguientes etiquetas. resistentes al agua, duraderas:
   
4.1 "PLANTAS VIVAS - EVITAR TEMPERATURAS EXTREMAS", en todos los puntos posibles y en la parte superior. Las etiquetas deben ser completadas con las restricciones apropiadas.
   
4.2 Llegado el caso, debería ponerse en todos los puntos posibles el símbolo representado por flechas que indica la posición "hacia arriba".
   
4.3 Nombre, dirección y número de teléfono del remitente y del destinatario. No deberían citarse apartados de correo como única dirección.
   
  Se debería fijar sólidamente a los contenedores, un sobre resistente e impermeable que contenga los documentos siguientes y otras informaciones esenciales:
   
4.4 Copia del nombre, dirección y número de teléfono del remitente y del destinatario.
   
4.5 Copias de las correspondientes licencias de exportación, importación o de reexportación.