Informe anual sobre el comercio ilegal
Resoluciones
- Resolución Conf. 11.17 (Rev. CoP17) sobre Informes nacionales
- Resolución Conf. 11.3 (Rev. CoP17) sobre Observancia y aplicación
¿Cómo presentar un informe sobre el comercio ilegal?
Cada informe anual CITES sobre comercio ilegal deberá abarcar el periodo comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre.La fecha límite para la presentación del informe anual es el 31 de octubre de cada año abarcando las actividades del año anterior.
Se alienta a las Partes a utilizar el formato acordado por el Comité Permanente y seguir las Directrices para la preparación y presentación de los Informes anuales CITES sobre el comercio ilegal. Los informes deberán ser enviados a la Secretaría CITES en Ginebra, Suiza, a [email protected], con copia a [email protected].
¿Cómo se utilizarán los datos?
Los datos recopilados en el informe anual sobre el comercio ilegal se compartirán con los miembros del Consorcio Internacional para Combatir los Delitos contra la Vida Silvestre(ICCWC), a menos que la Parte que presenta el informe indique lo contrario, a fin de que los datos puedan ser utilizados en los estudios y análisis mundiales del ICCWC sobre los delitos contra la vida silvestre y los bosques. Los datos recopilados en el informe anual sobre comercio ilegal CITES es confidencial, sigue siendo propiedad de la Parte que presenta el informe y solamente se harán públicos los análisis agregados.
Informes anuales sobre el comercio ilegal para 2016 (con fecha de 10.07.2018)
Map legend: | Annual illegal report for 2016 received |
¿Por qué son importantes los informes sobre el comercio ilegal?
En función de los recursos disponibles, se presentará el análisis de los informes sobre el comercio ilegal por la Secretaría y los socios del ICCWC al Comité Permanente y a la Conferencia de las Partes para ayudar a supervisar la aplicación efectiva de la Convención. Asimismo, los informes sobre el comercio ilegal CITES contribuirán directamente a la aplicación de laResolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas para Luchar contra el tráfico ilícito de fauna y flora silvestres que alienta a los Estados miembros a reforzar sus esfuerzos de observancia, inclusive mediante el registro y la supervisión de los decomisos y los enjuiciamientos exitosos, para contrarrestar y disuadir efectivamente el comercio ilegal de vida silvestre.