La Conferencia de las Partes, en el párrafo 3 de la Resolución Conf. 11.17 (Rev. CoP19), sobre Informes nacionales:
INSTA a todas las Partes a que presenten un informe anual sobre el comercio ilegal antes del 31 de octubre de cada año, que abarque las medidas del año anterior y de conformidad con el formato de informe distribuido por la Secretaría, que puede ser enmendado periódicamente por la Secretaría de acuerdo con el Comité Permanente.
Cada Parte debe presentar un informe anual sobre el comercio ilegal que contenga todas las incautaciones realizadas por delitos relacionados con especies incluidas en la CITES, independientemente de si la incautación haya ocurrido en una frontera internacional, o a nivel nacional, como por ejemplo durante registros de propiedades privadas o empresas o durante inspecciones en los mercados nacionales. El informe anual sobre el comercio ilegal es obligatorio, pero no está sujeto a procedimientos de cumplimiento.
Las Directrices para la preparación y presentación del informe anual CITES sobre el comercio ilegal se prepararon para apoyar a las Partes en la compilación de sus informes anuales sobre el comercio ilegal.
Resoluciones y Decisiones
- Resolución Conf. 11.17 (Rev. CoP18) sobre Informes nacionales
- Resolución Conf. 11.3 (Rev. CoP18) sobre Observancia y aplicación
- Resolución Conf.18.6, Designación y funciones de las Autoridades Administrativas
- Decisiones 18.75 - 18.76, Informes anuales sobre el comercio ilegal
¿Cómo presentar un informe sobre el comercio ilegal?
Cada informe anual CITES sobre comercio ilegal deberá abarcar el periodo comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre, del año anterior al año en que se somete. Por ejemplo, el primer informe anual sobre comercio ilegal fue el 31 de octubre de 2017, abarcando datos de 2016. La fecha límite anual para la presentación del informe sobre comercio ilegal es el 31 de octubre.
Se alienta a las Partes a utilizar el formato normalizado para el informe anual CITES sobre el comercio ilegal, y las Directrices para la preparación y presentación del informe anual CITES sobre el comercio ilegal , acordadas por el Comité Permanente, cuando preparen sus informes. El informe anual sobre comercio ilegal debe presentarse en formato electrónico (idealmente utilizando el formato normalizado en Excel). Debe evitarse la presentación en ficheros PDF, ya que estos no pueden convertirse fácilmente.
Los informes deben enviarse a la Secretaría CITES en Ginebra, Suiza, a [email protected], con copia a [email protected].
¿Cómo se utilizarán los datos?
Los datos recopilados en el informe anual sobre el comercio ilegal se compartirán con los miembros del Consorcio Internacional para Combatir los Delitos contra la Vida Silvestre (ICCWC), a menos que la Parte que presenta el informe indique lo contrario, a fin de que los datos puedan ser utilizados en los estudios y análisis mundiales del ICCWC sobre los delitos contra la vida silvestre y los bosques.
De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 16 de la Resolución Conf. 11.3 (Rev. CoP18), sobre Observancia y aplicación, la Secretaría deberán, sujeto a la disponibilidad de recursos:
- analizar, en colaboración con los socios del ICCWC, los informes anuales sobre comercio ilegal de fauna y flora silvestre;
- compartir información relativa al análisis con las Partes para apoyar otras actividades de observancia; y
- presentar un informe al Comité Permanente y a la Conferencia de las Partes, basándose en el análisis y otra información pertinente facilitada por los socios del ICCWC.
¿Por qué son importantes los informes sobre el comercio ilegal?
Los datos anuales sobre comercio ilegal proporcionan una valiosa fuente de información. Compilar, analizar y difundir estos datos de forma apropiada, puede convertirse en un instrumento accesible y valioso para ayudar a las Partes a adoptar decisiones, y apoyar el desarrollo de respuestas adecuadas de aplicación de la ley para combatir los delitos contra la vida silvestre.
Los informes anuales CITES sobre comercio ilegal contribuirán también directamente a aplicar la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas Lucha contra el tráfico ilícito de fauna y flora silvestres, aprobada en 2019, que alienta a los Estados Miembros a que refuercen sus actividades de aplicación, en particular mediante el registro y seguimiento de las incautaciones y los enjuiciamientos efectivos, a fin de contrarrestar y disuadir con mayor eficacia el comercio ilícito de fauna y flora silvestres.
Análisis
- World Wildlife Crime Report - Trafficking in protected species, UNODC (2024). (en inglés)
- Analysis of CITES Annual Illegal Trade Reports: 2016 to 2020 seizure data CITES (2022). (en inglés)
- World Wildlife Crime Report - Trafficking in protected species, UNODC (2020). (en inglés)
- World Wildlife Crime Report - Trafficking in protected species, UNODC (2016). (en inglés)