Nairobi, 18 de diciembre de 2023 — Habida cuenta de la disminución prevista del 10 por ciento de la diversidad biológica mundial de aquí a 2050, es imprescindible garantizar la sostenibilidad de las actividades humanas, tales como el comercio internacional legal y trazable de vida silvestre, para salvaguardar la supervivencia de las especies de fauna y flora silvestres, así como de los beneficios y servicios ecosistémicos que proporcionan a los seres humanos, entre ellos, alimentos, medicinas, refugio y significado cultural.

Un aspecto fundamental de la Convención Internacional sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) es el proceso clave conocido como Dictamen de extracción no perjudicial (DENP): una evaluación decisiva, basada en la ciencia, que evalúa la sostenibilidad del comercio de especímenes de especies incluidas en los Apéndices de la CITES al determinar si una actividad comercial es perjudicial para la supervivencia en el medio silvestre de las especies incluidas en los Apéndices de la CITES. El DENP es requisito previo imprescindible para la emisión de los permisos de exportación para especies incluidas en los Apéndices I y II de la CITES. El proceso consiste en evaluaciones realizadas por las Autoridades Científicas designadas de las Partes en la Convención (Partes en la CITES).
Más de 150 expertos y delegados de 42 Partes y 25 organizaciones participaron en el Taller internacional de expertos sobre los DENP de la CITES, celebrado del 4 al 8 de diciembre de 2023 en Nairobi, Kenya. En el taller, organizado por la Secretaría de la CITES, fueron examinados y perfeccionados 11 módulos con el objetivo de proporcionar orientaciones no jurídicamente vinculantes a las Partes en la CITES, principalmente las Autoridades Científicas de la CITES, respecto de los distintos elementos para la formulación de un DENP.
Los módulos abarcaban diversos aspectos, entre ellos, la definición de un DENP, la importancia de la gestión adaptativa y orientaciones prácticas sobre la manera de formular un DENP. Se plantearon orientaciones específicas que fueron elaboradas de forma más detallada para determinados grupos taxonómicos, incluyendo aves, reptiles, invertebrados terrestres, plantas, especies acuáticas y árboles maderables. Los expertos abordaron en mayor detalle las consideraciones especiales a tener en cuenta en los DENP para especies migratorias y poblaciones transfronterizas, así como las orientaciones sobre la manera de utilizar los conocimientos locales y tradicionales en el proceso de elaboración de los DENP. Los participantes en el taller también examinaron la complejidad que conlleva determinar que el propósito de la importación de especies incluidas en el Apéndice I de la CITES no es perjudicial.
Una cuestión clave abordada en el taller fue la evaluación de la función de la especie en su ecosistema. Las funciones de una especie en su ecosistema abarcan las interacciones directas (polinización, nutrición, herbivoría, depredación) y las indirectas (creación de hábitats, ingeniería ecosistémica, ciclo y redistribución de nutrientes). La CITES requiere que las Autoridades Científicas de cada Parte controlen el comercio de especímenes de especies incluidas en el Apéndice II de la CITES. Las Autoridades Científicas podrían limitar el comercio con el fin de mantener la población de la especie en un nivel en toda su área de distribución que sea acorde con su función en los ecosistemas en los que esté presente y muy por encima del nivel en que sería susceptible de inclusión en el Apéndice I, en cuyo caso estaría prohibido el comercio internacional de especímenes silvestres con fines comerciales.
Se debatió sobre la utilización de la tecnología digital para mejorar el proceso de formulación de los DENP. Durante el taller se presentaron algunos ejemplos de eDENP para cohombros de mar y tiburones. Actualmente, los materiales de DENP se comparten, consultan y buscan por grupo taxonómico y país en la base de datos sobre los DENP facilitada por la Secretaría.
La Secretaria General de la CITES, Ivonne Higuero dijo: “Garantizar la sostenibilidad del comercio de vida silvestre requiere comunicación clara y entendimiento de los requisitos de la CITES entre los países exportadores e importadores. Nuestra labor para mejorar este entendimiento y elaborar orientaciones se basa también en los conocimientos valiosos y las contribuciones de los pueblos indígenas y las comunidades locales como custodios de la diversidad biológica y como aliados en su conservación, restauración y uso sostenible”.
Los resultados del taller estarán finalizados a principios de 2024 y empezará un período de ensayos de campo, lo que brindará una oportunidad para que las Partes pongan a prueba las orientaciones sobre DENP elaboradas durante el taller. El proyecto final de orientaciones se presentará para que sea examinado por la reunión conjunta de los Comités de Fauna y de Flora, los comités científicos de la Convención, en julio de 2024.

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Acerca de la CITES
La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) se firmó el 3 de marzo de 1973 y entró en vigor el 1 de julio de 1975. Con 184 Partes (183 países más la Unión Europea), sigue siendo uno de los instrumentos más poderosos del mundo para la conservación de la vida silvestre mediante la regulación del comercio internacional de más de 40 900 especies de animales y plantas silvestres. En todo el mundo las personas utilizan especies incluidas en los Apéndices de la CITES en su vida cotidiana para procurarse alimentos, medicinas, muebles, vivienda, recuerdos turísticos, productos cosméticos o artículos de moda. La CITES trata de garantizar que el comercio internacional de esas especies sea sostenible legal y trazable y que contribuya tanto a los medios de subsistencia de las comunidades que viven más cerca de ellas como a las economías nacionales para lograr un planeta sano y la prosperidad de las personas en apoyo de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.
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