Un examen en profundidad de la aplicación de los criterios para enmendar los Apéndices de la CITES en el caso de las especies acuáticas explotadas comercialmente

Actualizado en 14 Mayo 2024

 

Ginebra, 10 de mayo de 2024 — Entre las más de 40 900 especies animales y vegetales cuyo comercio está regulado por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) se encuentran especies acuáticas como los tiburones, el caracol pala, los caballitos de mar y los cohombros de mar. Estas especies han sido incluidas en los Apéndices de la CITES según criterios acordados por las Partes en la Convención y aplicados a varios grupos taxonómicos. Ante el reciente aumento de la explotación comercial de tiburones y rayas (Elasmobranchii) y otras especies acuáticas incluidas en los Apéndices de la CITES, en la 19ª reunión de la Conferencia de las Partes (CoP19), celebrada en Ciudad de Panamá en 2022, se tomó la decisión de examinar más detenidamente cómo se aplican los criterios a estas especies.

Mobula rays © leonardogonzalez / Adobe Stock

Los días 23 y 24 de abril de 2024, la Secretaría de la CITES organizó el Taller sobre especies acuáticas incluidas en los Apéndices de la CITES en Ginebra, Suiza, en aplicación del mandato establecido en la Decisión 19.189 sobre Especies acuáticas incluidas en los Apéndices de la CITES. Al taller asistieron más de 80 participantes, entre los que se encontraban varias Partes en la CITES, miembros del Comité de Fauna de la CITES, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y otras organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes.

La Secretaria General de la CITES, Ivonne Higuero, afirmó: "Los intercambios científicos y técnicos son fundamentales en nuestra labor de conservación y uso sostenible de nuestras magníficas especies acuáticas. Con los amplios conocimientos, datos y experiencia representados en este taller, estamos bien equipados para entablar deliberaciones y debates significativos."

A lo largo de dos días, los expertos presentaron información científica sobre los parámetros del ciclo vital de las especies acuáticas, y a continuación se celebraron debates moderados en reunión plenaria y en grupos de trabajo. Las deliberaciones incluyeron el intercambio de experiencias sobre anteriores propuestas de enmienda de los Apéndices de la CITES en relación con especies acuáticas y el examen de la aplicación de los rangos de disminución para las especies acuáticas explotadas comercialmente, con el fin de evaluar si estas especies cumplen los criterios para ser incluidas en los Apéndices de la CITES. 

De manera general, los participantes en el taller coincidieron en que los criterios actuales tienen la flexibilidad necesaria para ser aplicados eficazmente a las especies acuáticas explotadas comercialmente, y formularon además una serie de recomendaciones que el Comité de Fauna de la CITES examinará a finales de este año. Estas recomendaciones incluyen tomar nota del documento de referencia Variability of life history parameters and productivity in elasmobranchs and other commercially exploited aquatic species (Variabilidad de los parámetros del ciclo vital y la productividad en elasmobranquios y otras especies acuáticas explotadas comercialmente), ya que incluye abundante información sobre los parámetros del ciclo vital y la productividad de las especies acuáticas. Tomando en cuenta los amplios debates históricos sobre el desarrollo y la interpretación de los criterios para enmendar los Apéndices de la CITES, se sugirió que se cotejaran los debates previos sobre este asunto como base para examinar la necesidad de una posible orientación futura.

Las conclusiones del taller se someterán a la consideración de la 33a Reunión del Comité de Fauna de la CITES que tendrá lugar del 12 al 19 de julio de 2024. El Comité de Fauna hará recomendaciones al Comité Permanente de la CITES en su 78ª reunión, en febrero de 2025. 

Se puede encontrar más información sobre este taller aquí.  

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Acerca de la CITES

La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) se firmó el 3 de marzo de 1973 y entró en vigor el 1 de julio de 1975. Con 184 Partes (183 países más la Unión Europea), sigue siendo uno de los instrumentos más poderosos del mundo para la conservación de la vida silvestre mediante la regulación del comercio internacional de más de 40 900 especies de animales y plantas silvestres. En todo el mundo las personas utilizan especies incluidas en los Apéndices de la CITES en su vida cotidiana para procurarse alimentos, medicinas, muebles, vivienda, recuerdos turísticos, productos cosméticos o artículos de moda. La CITES trata de garantizar que el comercio internacional de esas especies sea sostenible legal y trazable y que contribuya tanto a los medios de subsistencia de las comunidades que viven más cerca de ellas como a las economías nacionales para lograr un planeta sano y la prosperidad de las personas en apoyo de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

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