Comités de Fauna y de Flora

Estos comités de expertos se establecieron en la sexta reunión de la Conferencia de las Partes (Ottawa, 1987) para colmar las lagunas en los conocimientos biológicos y especializados sobre las especies de fauna y flora que están (o podrían estar) sujetas a controles comerciales CITES. Su finalidad es proporcionar apoyo técnico en la toma de decisiones sobre estas especies. Ambos comités tienen mandatos semejantes, enunciados en el Anexo 2 de la Resolución Conf. 18.2, que incluyen, entre otras cosas:

  • proporcionar apoyo científico y orientar a la Conferencia de las Partes, los demás comités, los grupos de trabajo y la Secretaría;
  • ocuparse de las cuestiones de nomenclatura;
  • realizar exámenes periódicos de especies, a fin de garantizar la apropiada categorización en los Apéndices de la CITES;
  • asesorar cuando ciertas especies son objeto de comercio insostenible y recomendar medidas coercitivas (mediante el proceso conocido como "Examen del comercio significativo"); y
  • preparar proyectos de resolución sobre cuestiones relativas a la fauna y la flora para presentarlas a la consideración de la Conferencia de las Partes.

Los Comités de Fauna y de Flora se reúnen dos veces entre las reuniones de la Conferencia de las Partes. Informan a la Conferencia de las Partes en sus reuniones y, si así se solicita, asesoran al Comité Permanente entre esas reuniones. En este sitio se ofrece más información sobre las reuniones de los Comités de Fauna y de Flora.

Los miembros de los Comités de Fauna y de Flora son personas de las seis principales regiones geográficas (África, Asia, Europa, América del Norte, América Central, del Sur y el Caribe y Oceanía), así como un especialista sobre nomenclatura en cada uno de los comités. Se eligen en las reuniones de la Conferencia de las Partes, y el número de representantes regionales refleja el número de Partes de cada región y la distribución regional de la diversidad biológica. Como en el Comité Permanente, se eligen miembros suplentes para cada una de las seis regiones, que representan a la región en las reuniones cuando el miembro correspondiente no puede asistir. Los miembros regionales eligen las Presidencias y las Vicepresidencias. Los especialistas en nomenclatura zoológica y botánica no tienen derecho a voto. Se integraron en los dos comités científicos en la 14ª reunión de la Conferencia de las Partes (La Haya, 2007), tras la decisión de disolver el Comité de Nomenclatura. Para obtener mayor información sobre las anteriores reuniones del Comité de Nomenclatura pulse aquí.

Al inicio de cada reunión del comité, todos los miembros y miembros interinos declararán utilizando el formulario normalizado de declaración acordado por el Comité Permanente si tienen cualquier interés financiero que a su juicio pueda poner en tela de juicio su imparcialidad, objetividad o independencia en relación a un asunto que figure en el orden del día de esa reunión del comité.

Cualquier Parte puede asistir a las reuniones en calidad de observador y la Presidencia puede invitar a cualquier persona u organización a participar también en calidad de observador.

Los Comités de Fauna y de Flora pueden establecer tantos grupos de trabajo como estimen necesarios para desempeñar sus funciones. La orientación para las presidencias de los grupos de trabajo entre reuniones y durante las reuniones puede consultarse aquí.