El Comité Permanente, con la asistencia de la Secretaría, deberá examinar si deben elaborarse nuevas orientaciones relacionadas con el período de transición, incluido el período entre la adopción de una propuesta de transferencia de una especie de un Apéndice a otro y la entrada en vigor de la nueva inclusión y, de ser así, presentar enmiendas de una Resolución existente o un nuevo proyecto de resolución en la 20ª reunión de la Conferencia de las Partes. En este contexto, el Comité Permanente deberá examinar, en consulta con el Comité de Flora, según proceda, si deben aplicarse recomendaciones especiales en el caso de una transferencia de una especie arbórea con la anotación #5 u otras especies de plantas con anotaciones.
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- 18.151 (Rev. CoP19)