19.47 & 19.48 Exámenes del comercio significativo a escala nacional

Decision directed to
19.47
Decision directed to:
Comités de Fauna y de Flora

Los Comités de Fauna y de Flora deberán:

a) teniendo en cuenta los progresos realizados en el marco del Programa de Asistencia para el Cumplimiento y en el desarrollo de un marco de fomento de capacidad, examinar si se han tratado suficientemente las cuestiones científicas y de gestión identificadas en el examen del comercio significativo a escala nacional para Madagascar, o si se debería desarrollar un nuevo mecanismo para proporcionar apoyo específico a las Partes a escala nacional; y

b) formular recomendaciones, incluyendo en relación con posibles enmiendas de la Resolución Conf. 12.8 (Rev. CoP18), sobre Examen del comercio significativo de especímenes de especies del Apéndice II, u otras resoluciones existentes, o en relación con la elaboración de una nueva resolución, para su consideración por el Comité Permanente.

19.48
Decision directed to:
Comité Permanente, en consulta con la Secretaría
El Comité Permanente deberá examinar el informe y las recomendaciones de los Comités de Fauna y de Flora y, en consulta con la Secretaría, formular recomendaciones para su examen en la 20ª reunión de la Conferencia de las Partes.