17.108 (Rev. CoP19) to 17.110 (Rev. CoP19) Examen del comercio significativo

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17.108 (Rev. CoP19)
Decision directed to:
Secretaría
En un plazo de seis meses después de la 19ª reunión de la Conferencia de las Partes, basándose en la labor efectuada hasta la fecha, la Secretaría deberá preparar, poner a prueba y establecer una base de datos para el seguimiento y la gestión del Examen del comercio significativo como un instrumento esencial para la aplicación efectiva y la transparencia del proceso.
17.109 (Rev. CoP19)
Decision directed to:
Secretaría
Sujeto a la disponibilidad de financiación y en un plazo de seis meses después de la 19ª reunión de la Conferencia de las Partes, la Secretaría deberá preparar una guía fácil de usar sobre el Examen del comercio significativo que pueda incluirse también en la carta inicial a los Estados del área de distribución.
17.110 (Rev. CoP19)
Decision directed to:
Secretaría

Sujeto a la disponibilidad de financiación y en un plazo de nueve meses después de la 19ª reunión de la Conferencia de las Partes, la Secretaría deberá preparar un módulo de formación exhaustivo sobre el Examen del comercio significativo (incluyendo estudios de caso, según proceda).