14.69, 19.109, 18.100, 18.101, 18.102 (Rev. CoP19), 18.103 (Rev. CoP19), 18.105, 18.106 & 18.107 (Rev. CoP19) to 18.109 (Rev. CoP19) Grandes felinos asiáticos (Felidae spp.)
14.69
Decision directed to:
Partes, particularmente a los Estados del área de distribución de los grandes felinos asiáticos incluidos en el Apéndice I
Las Partes con establecimientos intensivos de cría de tigres a escala comercial deberán aplicar medidas a fin de restringir la población en cautividad a un nivel que redunde en pro de la conservación de los tigres silvestres; no deberían criarse tigres para comercializar sus partes y derivados.
18.100
Decision directed to:
Partes
Se alienta a las Partes afectadas por el comercio ilegal de especímenes de grandes felinos asiáticos, en particular aquellas señaladas en el documento CoP18 Doc. 71.1, a tomar en cuenta la información que figura en el Anexo 4 del documento CoP18 Doc. 71.1, y a ejercer esfuerzos de observancia para abordar este comercio ilegal, como por ejemplo iniciando investigaciones y operaciones conjuntas destinadas a poner freno a los miembros de las redes delictivas organizadas a lo largo de toda la cadena de comercio ilegal.
18.101
Decision directed to:
Partes
Se alienta a las Partes, en cuyos territorios existen mercados del turismo que contribuyen al comercio transfronterizo ilegal relacionado con especímenes de grandes felinos asiáticos a que refuercen su cooperación en materia de observancia de la ley con las Partes de países vecinos para combatir este comercio ilegal.
18.102 (Rev. CoP19)
Decision directed to:
Partes
Se invita a las Partes en cuyos territorios existen establecimientos que mantienen grandes felinos asiáticos en cautividad a los que se hace referencia en la Decisión 18.108 (Rev. CoP19), párrafo a) a acoger una misión de la Secretaría para visitar esos establecimientos.
18.103 (Rev. CoP19)
Decision directed to:
Partes
Se alienta a todas las Partes que hagan incautaciones de pieles de tigre a tomar nota de la información sobre los Estados del área de distribución del tigre que disponen de bases de datos de identificación fotográfica de tigres, y capacidad para identificar tigres a partir de fotografías de sus pieles, como se indica en el párrafo 14 del documento SC70 Doc. 42.1, y a compartir las imágenes de conformidad con la Resolución Conf. 12.5 (Rev. CoP19) sobre Conservación y comercio de tigres y otras especies de grandes felinos asiáticos incluidos en el Apéndice I, párrafo 1 l) dentro de los 90 días después de los decomisos.
18.105
Decision directed to:
Partes
Se alienta a las Partes, en particular a aquellas mencionadas en la sección 3.1.5 del Anexo 4 del documento CoP18 Doc. 71.1, a tener muy en cuenta las preocupaciones relativas al comercio ilegal de partes y derivados de leopardo descrito en el Anexo 4 del documento CoP18 Doc. 71.1 y a aplicar medidas para responder a esas preocupaciones.
18.106
Decision directed to:
Partes
Se insta a los Estados consumidores de especímenes de tigre y otras especies de grandes felinos asiáticos a que tomen medidas para poner fin a la demanda de partes y derivados ilegales de tigres y otros grandes felinos, trabajando con los especialistas pertinentes, como especialistas en cambio de comportamiento de los consumidores, comercialización social y comunicación, a fin de poner en práctica iniciativas de cambio de comportamiento que garanticen que las iniciativas estén respaldadas por datos sólidos, tengan bases de referencia adecuadas e incorporen una supervisión y evaluación sólidas, incluidas mediciones apropiadas para medir su eficacia; y a adoptar y aplicar medidas legislativas y normativas apropiadas destinadas a disuadir a los consumidores de comprar productos ilegales de grandes felinos asiáticos.
18.107 (Rev. CoP19)
Decision directed to:
Partes
Se invita a las Partes a informar a la Secretaría en relación con la aplicación de las Decisiones 14.69, 19.109, 18.100, 18.101, 18.102 (Rev. CoP19), 18.103 (Rev. CoP19), 18.105 y 18.106 con tiempo suficiente para que la Secretaría informe al Comité Permanente y a la Conferencia de las Partes conforme a los requisitos del párrafo 2 a) de la Resolución Conf. 12.5 (Rev. CoP19).
18.108 (Rev. CoP19)
Decision directed to:
Secretaría
La Secretaria deberá:
a) sujeto a la disponibilidad de financiación externa, emprender una misión antes de la 77ª reunión del Comité Permanente a las Partes identificadas en el documento SC70 Doc. 51 y en cuyos territorios existen establecimientos que mantienen grandes felinos asiáticos en cautividad y pueden ser motivo de preocupación, con la finalidad de entender mejor su funcionamiento y las actividades que realizan; e
b) informar al Comité Permanente, en su 77ª reunión, acerca de la aplicación de la Decisión 18.108 (Rev. CoP19), párrafo a), y sobre los progresos realizados con respecto a las misiones concernidas, y formular recomendaciones para someterlas a la consideración del Comité Permanente.
18.109 (Rev. CoP19)
Decision directed to:
Comité Permanente
El Comité Permanente, en sus reuniones 77ª y 78ª, deberá examinar el informe y las recomendaciones de la Secretaría con respecto a la aplicación de las Decisiones19.109, 18.100, 18.101, 18.102 (Rev. CoP19), 18.103 (Rev. CoP19), 18.105, 18.106, 18.107 (Rev. CoP19) y 18.108 (Rev. CoP19) y determinar si se requieren otras medidas específicas para cada país y sujetas a plazos concretos para reforzar la aplicación de la Convención, de la Decisión 14.69 y del párrafo 1 h) de la Resolución Conf. 12.5 (Rev. CoP19).
19.109
Decision directed to:
Partes
Se alienta a las Partes a que:
a) informen a la Secretaría de los proyectos de investigación forense, incluidos los métodos genéticos y de otro tipo, realizados en su territorio y centrados en el desarrollo de técnicas que apoyen la lucha contra el comercio ilegal de especímenes de grandes felinos asiáticos, a fin de que dicha información pueda transmitirse a otras Partes;
b) de conformidad con su normativa nacional, compartan muestras de especímenes de grandes felinos asiáticos obtenidas de animales vivos, animales incautados o productos que podrían contener ADN de grandes felinos asiáticos con proyectos de investigación genética centrados en la elaboración de técnicas para combatir el comercio ilegal de especímenes de grandes felinos asiáticos; y
c) tomen nota de que en la República Checa se han desarrollado métodos para la identificación de especies de tigre y la identificación individual a partir de diferentes tipos de especímenes de partes y derivados de tigre, y que se han puesto a disposición de las Partes kits analíticos para el uso de estos métodos, así como pruebas de muestras de tigres, a título gratuito.