18.117 (Rev. CoP19), 18.118 & 18.119 (Rev. CoP19) Cierre de los mercados nacionales de marfil

Decision directed to
18.117 (Rev. CoP19)
Decision directed to:
Partes
Se pide a las Partes que no han cerrado sus mercados nacionales para el comercio de marfil en bruto y trabajado que presenten un informe a la Secretaría, para que lo someta a la consideración del Comité Permanente, en sus reuniones 77ª y 78ª sobre las medidas que están adoptando para garantizar que sus mercados nacionales de marfil no contribuyen a la caza furtiva o el comercio ilegal.
18.118
Decision directed to:
Secretaría
La Secretaría deberá compilar informes y ponerlos a disposición de las Partes con anterioridad a las reuniones del Comité Permanente.
18.119 (Rev. CoP19)
Decision directed to:
Comité Permanente

El Comité Permanente deberá:

a) considerar los informes mencionados en la Decisión 18.118; y

b) presentar un informe sobre esta cuestión y formular recomendaciones, según proceda, de conformidad con el alcance y el mandato de la Convención, a la 20ª reunión de la Conferencia de las Partes.