Se invita a las Partes a que:
a) utilicen el Marco de Implementación de eCITES, la edición más reciente del Conjunto de instrumentos para la emisión electrónica de permisos CITES y las especificaciones para el sistema de intercambio de información sobre permisos electrónicos (EPIX) de los permisos y certificados CITES y las Orientaciones sobre las firmas electrónicas en los permisos y certificados CITES al planificar y aplicar sistemas electrónicos CITES;
b) consideren la aplicación de los sistemas electrónicos CITES diseñados de manera de cumplir los requisitos de la CITES, incluidos aquellos previstos en la Resolución Conf. 12.3 (Rev. CoP19) sobre Permisos y certificados para aumentar la transparencia y eficiencia del proceso de expedición y control de permisos, impedir el uso de permisos fraudulentos y proporcionar datos de calidad para la presentación de informes y para mejorar la evaluación de la sostenibilidad;
c) colaboren con las aduanas, las organizaciones nacionales de protección fitosanitaria (ONPF) y otros organismos pertinentes a fin de garantizar que el comercio de especímenes incluidos en los Apéndices de la CITES cumpla los requisitos de esta y, cuando sea apropiado, se realice en consonancia con otros sistemas y procedimientos nacionales de comercio transfronterizo o esté integrado en estos;
d) intercambien con otras Partes información sobre experiencias y dificultades y conocimientos especializados relativos al desarrollo y aplicación de sistemas de gestión de permisos electrónicos CITES y el uso de equivalentes electrónicos de los permisos y certificados en papel y hagan aportaciones a la Secretaría a los efectos de la mejora continua de los materiales de referencia de eCITES;
e) tomen nota de la eCITES BaseSolution como una opción de sistema para la gestión automatizada de permisos que está actualmente a disposición de las Partes para su aplicación;
f) exhorten a los países y organismos donantes a que proporcionen apoyo financiero destinado a la aplicación de sistemas de gestión de permisos electrónicos CITES a los países en desarrollo; y
g) presenten a la Secretaría información sobre el uso de códigos del SA para los procedimientos de control basados en el riesgo.