19.150 to 19.152 Sistemas electrónicos y tecnología de la información

Decision directed to
19.150
Decision directed to:
Partes

Se invita a las Partes a que:

a) utilicen el Marco de Implementación de eCITES, la edición más reciente del Conjunto de instrumentos para la emisión electrónica de permisos CITES y las especificaciones para el sistema de intercambio de información sobre permisos electrónicos (EPIX) de los permisos y certificados CITES y las Orientaciones sobre las firmas electrónicas en los permisos y certificados CITES al planificar y aplicar sistemas electrónicos CITES;

b) consideren la aplicación de los sistemas electrónicos CITES diseñados de manera de cumplir los requisitos de la CITES, incluidos aquellos previstos en la Resolución Conf. 12.3 (Rev. CoP19) sobre Permisos y certificados para aumentar la transparencia y eficiencia del proceso de expedición y control de permisos, impedir el uso de permisos fraudulentos y proporcionar datos de calidad para la presentación de informes y para mejorar la evaluación de la sostenibilidad;

c) colaboren con las aduanas, las organizaciones nacionales de protección fitosanitaria (ONPF) y otros organismos pertinentes a fin de garantizar que el comercio de especímenes incluidos en los Apéndices de la CITES cumpla los requisitos de esta y, cuando sea apropiado, se realice en consonancia con otros sistemas y procedimientos nacionales de comercio transfronterizo o esté integrado en estos;

d) intercambien con otras Partes información sobre experiencias y dificultades y conocimientos especializados relativos al desarrollo y aplicación de sistemas de gestión de permisos electrónicos CITES y el uso de equivalentes electrónicos de los permisos y certificados en papel y hagan aportaciones a la Secretaría a los efectos de la mejora continua de los materiales de referencia de eCITES;

e) tomen nota de la eCITES BaseSolution como una opción de sistema para la gestión automatizada de permisos que está actualmente a disposición de las Partes para su aplicación;

f) exhorten a los países y organismos donantes a que proporcionen apoyo financiero destinado a la aplicación de sistemas de gestión de permisos electrónicos CITES a los países en desarrollo; y

g) presenten a la Secretaría información sobre el uso de códigos del SA para los procedimientos de control basados en el riesgo.

19.151
Decision directed to:
Comité Permanente, en consulta con la Secretaría

El Comité Permanente, en consulta con la Secretaría, deberá llevar a cabo las tareas siguientes:

a) trabajar con el Centro de las Naciones Unidas de Facilitación del Comercio y el Comercio Electrónico (CEFACT-ONU), la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), la Comisión Económica para Europa (CEPE) de las Naciones Unidas, el Centro de Comercio Internacional (CCI), el Banco Mundial, la Organización Mundial de Aduanas (OMA), la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Secretaría de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), así como con otros asociados pertinentes, para continuar intercambiando información y desarrollando y ejecutando proyectos conjuntos que faciliten el acceso de las Partes a sistemas de emisión electrónica de permisos que cumplan los requisitos de la CITES y, cuando proceda, estén armonizados con las especificaciones y normas del comercio internacional;

b) trabajar con los asociados pertinentes con miras a seguir elaborando normas y soluciones para el sistema de intercambio de información sobre permisos electrónicos (EPIX) para el intercambio de datos de permisos y certificados CITES y la mejora de la validación de los datos de los permisos CITES por las Autoridades Administrativas CITES y los funcionarios de aduanas;

c) reconociendo la importancia del requisito de que los permisos y certificados sean aprobados en el punto de exportación, explorar posibles alternativas a la aprobación física;

d) supervisar y asesorar el trabajo de las Partes relacionado con el desarrollo de sistemas de trazabilidad para especímenes de especies incluidas en los Apéndices de la CITES con el objetivo de facilitar su armonización con los permisos y certificados CITES;

e) hacer un seguimiento del uso de los códigos del SA en la aplicación de procedimientos de control basados en el riesgo en diferentes países;

f) apoyar el desarrollo de la capacidad de las Autoridades Administrativas, en particular aquellas con necesidades más apremiantes, para acopiar, asegurar, mantener y transmitir datos electrónicamente utilizando sistemas compatibles con los de la Secretaría y otras Autoridades Administrativas;

g) considerar las formas en que los sistemas de emisión electrónica de permisos CITES pueden simplificar los procedimientos para el movimiento no comercial de instrumentos musicales; y

h) presentar informes acerca de las actividades realizadas con arreglo a los párrafos a) a g) de la presente Decisión y formular recomendaciones a la Conferencia de las Partes en su 20ª reunión.

19.152
Decision directed to:
Secretaría

Sujeto a la disponibilidad de financiación externa, la Secretaría deberá:

a) llevar a cabo un estudio de la información utilizada por diferentes Partes en un enfoque basado en el riesgo para los controles comerciales de la CITES;

b) recopilar información de las Partes acerca de los posibles problemas enfrentados en relación con la aplicación de las leyes nacionales de protección de datos que afectan la aplicación del sistema de intercambio de información sobre permisos electrónicos (EPIX) para el intercambio de permisos y certificados CITES;

c) apoyar la labor del Comité Permanente en relación con la Decisión 19.151 mediante la organización de talleres, consultas, preparación de estudios y materiales de orientación sobre los temas pertinentes señalados por el Comité Permanente; y

d) proporcionar servicios de fomento de capacidad y asesoramiento para ayudar a las Partes interesadas en aplicar soluciones electrónicas para la gestión y control de los permisos y certificados CITES y prestar apoyo a las Partes para establecer sistemas de permisos e intercambios de información electrónicos.