Se alienta a las Partes a que refuercen las sinergias entre los acuerdos ambientales multilaterales sobre la diversidad biológica a nivel nacional, mejorando, entre otras cosas, la coordinación y la cooperación entre los coordinadores nacionales y fortaleciendo las actividades de fomento de capacidad.
19.20, 19.21, 17.55 (Rev. CoP19) & 17.56 (Rev. CoP19) Cooperación con acuerdos ambientales multilaterales y otras organizaciones internacionales
17.55 (Rev. CoP19)
Decision directed to:
Partes
17.56 (Rev. CoP19)
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Comité Permanente, con el apoyo de la Secretaría
El Comité Permanente, con el apoyo de la Secretaría, deberá explorar opciones coherentes con la Visión Estratégica de la CITES para reforzar la cooperación, la colaboración y las sinergias a todos los niveles pertinentes entre la CITES y el Marco Mundial de la Diversidad Biológica posterior a 2020, tomando en consideración los resultados del Segundo taller de consulta de las convenciones relacionadas con la biodiversidad sobre el Marco Mundial de la Diversidad Biológica posterior a 2020 (Berna II), así como la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible. En este proceso deberían participar los miembros del Grupo de Enlace de los Convenios Relacionados con la Diversidad Biológica y, según proceda, otras organizaciones y procesos pertinentes, inclusive los procesos en el marco de las Convenciones de Río. El Comité Permanente deberá informar sobre la aplicación de esta Decisión en la 20ª reunión de la Conferencia de las Partes.
19.20
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Secretaría
Sujeto a la disponibilidad de financiación externa, la Secretaría deberá preparar, para su examen por el Comité Permanente, una estrategia de asociación para las Partes, los comités de carácter permanente y la Secretaría con miras a identificar prioridades para la colaboración que aumenten especialmente la aplicación de la Convención, así como su eficacia y eficiencia, a través de asociaciones estratégicas.
19.21
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Comité Permanente
El Comité Permanente deberá examinar el proyecto de estrategia de asociación elaborado por la Secretaría en el marco de la Decisión 19.20 y formular recomendaciones para que la Conferencia de las Partes las examine en su 20ª reunión.