La Secretaría deberá compartir el informe incluido en el documento informativo CoP19 Inf. 10 (Rev. 1) con el Comité de Flora
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- 19.241 & 19.242
El Comité de Flora deberá:
a) determinar qué reuniones u otros actos podrían constituir oportunidades para colaborar o intercambiar información sobre la recolección y la gestión de estas especies; y
b) examinar la información disponible presentada por la Secretaría, de conformidad con la Decisión 19.241 y las lagunas de conocimientos señaladas en el documento PC25 Doc. 25 sobre Boswellia (Boswellia spp.), a fin de fundamentar posibles propuestas de inclusión de especies de Boswellia, lo que incluye la consideración de las anotaciones adecuadas, de conformidad con las orientaciones que figuran en la Resolución Conf. 11.21 (Rev. CoP19), sobre Utilización de anotaciones a los Apéndices I y II.