19.30 & 19.31 Informe mundial sobre el comercio de fauna y flora silvestres

Decision directed to
19.30
Dirigida a:
Secretaría
La Secretaria deberá: a) publicar una Notificación a las Partes en la que se presente la edición piloto del Informe mundial sobre el comercio de fauna y flora silvestres y se soliciten opiniones y puntos de vista sobre ese informe y la posible utilidad de la elaboración periódica del informe, así como sobre los posibles obstáculos; y b) facilitar al Comité Permanente las respuestas a la Notificación recibidas y presentar sus conclusiones y formular recomendaciones para que sean examinadas por el Comité Permanente.
19.31
Dirigida a:
Comité Permanente, en consulta con los Comités de Fauna y de Flora
El Comité Permanente deberá examinar las respuestas a la Notificación, así como las conclusiones y recomendaciones formuladas por la Secretaría, consultar con los Comités de Fauna y de Flora según proceda y formular recomendaciones a la 20ª reunión de la Conferencia de las Partes.