19.110 to 19.114 Jaguares (Panthera onca)

Decision directed to
19.110
Decision directed to:
Partes, especialmente aquellas que son Estados del área de distribución del jaguar, y los interesados pertinentes

Se alienta a las Partes, especialmente a aquellas que son Estados del área de distribución del jaguar, y a los interesados pertinentes a emprender acciones para:

a) adoptar, con carácter urgente, legislaciones y controles integrales con el objetivo de eliminar la caza furtiva de jaguares y el comercio ilícito de sus partes y derivados, incluyendo la venta en línea de especímenes;

b) incluir al jaguar como especie prioritaria en las operaciones de aplicación de la ley, las medidas y los controles desplegados para responder y hacer frente a los delitos contra la vida silvestre;

c) garantizar que todo el comercio nacional e internacional ilegal de especímenes de jaguar que se detecte sea incluido en los informes anuales sobre comercio ilegal de conformidad con la Resolución Conf. 11.17 (Rev. CoP19), sobre Informes nacionales;

d) promover el diseño e implementación de corredores de conservación entre los países de distribución del jaguar, fortaleciendo los mecanismos de cooperación a escala local, nacional y regional para mejorar las buenas prácticas de conservación, canalizar inversiones para la conservación de la especie y reducir las amenazas a la conectividad de sus hábitats, así como fortalecer las capacidades de los principales actores vinculados, incluyendo mediante la movilización de la financiación del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) para este fin;

e) apoyar el desarrollo de la propuesta para establecer un sistema a largo plazo de supervisión de la matanza ilegal de jaguares, el comercio ilegal conexo de sus partes y derivados y otros aspectos clave relacionados con la conservación del jaguar;

f) crear conciencia sobre la importancia del jaguar y su estado de protección, su función ecológica y las amenazas a las que se enfrenta, incluido el comercio ilegal;

g) participar en la reunión de los Estados del área de distribución del jaguar a la que se hace referencia en el párrafo c) de la Decisión 19.111, y en otros eventos, según proceda, con el fin de compartir experiencias y conocimientos sobre las cuestiones prioritarias identificadas para combatir el comercio ilegal de jaguares;

h) reconocer al jaguar como especie bandera de los países de su área de distribución para que la protección y conservación de la especie y su hábitat se convierta en una prioridad conjunta debido a su importancia ecológica; y

i) proporcionar información a la Secretaría sobre las medidas y actividades que hayan emprendido para llevar a cabo las acciones que se les han encomendado mediante la presente Decisión.

19.111
Decision directed to:
Secretaría, en cooperación con la Secretaría de la Convención sobre las Especies Migratorias y el Comité de Coordinación de la Hoja de Ruta 2030 para la Conservación del Jaguar en las Américas, dirigido por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo

La Secretaría, sujeto a la disponibilidad de financiación externa, deberá cooperar con la Secretaría de la Convención sobre las Especies Migratorias y el Comité de Coordinación de la Hoja de Ruta 2030 para la Conservación del Jaguar en las Américas, dirigido por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, con miras a:

a) integrar y alinear los esfuerzos de conservación, las estrategias de reducción de la demanda, el cambio de comportamiento y las alternativas de subsistencia para prevenir la matanza ilegal de jaguares y el comercio ilegal conexo de sus partes y derivados;

b) desarrollar una propuesta para establecer un sistema a largo plazo de supervisión de la matanza ilegal de jaguares, el comercio ilegal conexo de sus partes y derivados y otros aspectos clave relacionados con la conservación del jaguar, incluyendo la participación de las comunidades locales y los pueblos indígenas en la supervisión y los enfoques de género, según proceda; y

c) organizar una reunión de los Estados del área de distribución del jaguar a fin de:

    i) identificar oportunidades de colaboración transfronteriza y cooperación regional, de acciones conjuntas y de movilización de recursos para reducir la pérdida de hábitat, la fragmentación del hábitat y los conflictos entre humanos y animales, y para prevenir la matanza y el comercio ilegal de jaguares;

    ii) examinar las opciones para una plataforma intergubernamental destinada a apoyar la conservación del jaguar y combatir la caza furtiva y el comercio ilegal de jaguares a través de un plan de acción continental;

    iii) examinar la propuesta de la Secretaría para establecer un sistema a largo plazo de supervisión de la caza furtiva y otros aspectos clave relacionados con la conservación del jaguar, mencionada en el párrafo b) de la presente Decisión; y

    iv) promover que todo el comercio nacional e internacional ilegal de especímenes de jaguar que se detecte sea incluido en los informes anuales sobre comercio ilegal de conformidad con la Resolución Conf. 11.17 (Rev. CoP19), sobre Informes nacionales.

19.112
Decision directed to:
Secretaría

La Secretaria deberá:

a) apoyar a las Partes en la aplicación de la Decisión 19.110;

b) emitir una Notificación a las Partes solicitando la información especificada en la Decisión 19.110; e

c) informar al Comité Permanente y a la Conferencia de las Partes sobre la aplicación de las Decisiones 19.110 y 19.111 con las recomendaciones pertinentes.

19.113
Decision directed to:
Comité Permanente

El Comité Permanente deberá establecer un grupo de trabajo entre sesiones sobre jaguares (Panthera onca), con el siguiente mandato:

a) retomar el análisis de la Secretaría en el documento SC74 Doc. 75, para evaluar la pertinencia de un proyecto de Resolución específica sobre jaguares, considerando también los resultados de la reunión de los Estados del área de distribución del jaguar estipulada en la Decisión 19.111, párrafo c), en su caso;

b) formular recomendaciones a los Estados del área de distribución y a los países de tránsito y destino, según proceda, e

c) informar sobre sus conclusiones y recomendaciones a la siguiente reunión del Comité Permanente.

19.114
Decision directed to:
Comité Permanente
El Comité Permanente deberá examinar la aplicación de la Decisión 19.111, así como el informe y las recomendaciones de la Secretaría de conformidad con la Decisión 19.112 y los resultados del grupo de trabajo entre reuniones, y formular recomendaciones a los Estados del área de distribución y a los países de tránsito y destino, según proceda, y también a la Secretaría para su inclusión en el informe de esta a la Conferencia de las Partes con arreglo a la Decisión 19.112.